Este martes 16 de enero se han publicado dos motu proprio firmados por el Papa respecto a asuntos económicos de los dicasterios vaticanos que quieren mejorar el control de los gastos y la transparencia al contratar servicios.
Los grandes gastos pasan por Asuntos Económicos
El primer documento, de tres artículos, en la línea de la constitución apostólica Praedicate Evangelium, establece que cuando una entidad vaticana vaya a hacer un gasto grande (en concreto, que supere «el 2% de la cifra resultante de la media calculada sobre el total de los costes del Ente que lo requiera, tal como resulta en los balances anuales aprobados relativos a los últimos tres años») deberá solicitar la aprobación del Prefecto de la Secretaría de Asuntos Económicos.
«Para los actos cuyo valor sea inferior a 150.000 euros no se necesita aprobación», detalla la norma. Si pasados 30 días de solicitarse la aprobación a Asuntos Económicos no hay respuesta, se considerará concedida. Y en cualquier caso se indica que este procedimiento «debe concluir en un plazo máximo de 40 días».
Quién es el Prefecto de Asuntos Económicos
Desde noviembre de 2022 el Prefecto de Asuntos Económicos -quien debe aprobar esos gastos grandes- es un laico español, casado y padre de dos hijos, Maximino Caballero. es el primer laico en este cargo.
Caballero era amigo de la infancia y mano derecha del anterior prefecto, el jesuita español Juan Antonio Guerrero, que dejó el cargo por razones de salud. Caballero es un experto en finanzas que trabajó en Baxter Healthcare Inc. Nacido en Mérida (Extremadura), se licenció en Empresariales en la Universidad Autónoma de Madrid, hizo un MBA en la IESE (Escuela de Negocios) de Barcelona y trabajó 20 años entre Barcelona y Valencia en temas financieros internacionales. En 2007 se trasladó con su familia a Estados Unidos. Se mudaron a Roma a finales de 2022.
La otra norma: controles de transparencia
El otro motu proprio del Papa busca continuar el «discurso emprendido para favorecer la transparencia, el control y la competencia en los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos«, para una «aplicación más eficaz» de las normas que con las últimas modificaciones tienen en cuenta las «observaciones de las Instituciones vinculadas a la Santa Sede», la Gobernación y la experiencia «madurada en los últimos años».
Este texto redefine cuatro puntos enunciados en 2020, dejando claro que deben seguir «los principios de la Doctrina Social de la Iglesia, el ordenamiento canónico de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano y la Carta Encíclica Laudato si’«, refiriéndose a:
– la utilización sostenible de los fondos internos,
– la transparencia del procedimiento de adjudicación,
– la igualdad de trato y la no discriminación de los licitadores
– y «la promoción de una competencia efectiva entre los licitadores, en particular mediante medidas contra los acuerdos de competencia ilícita y la corrupción».
PUBLICADO ANTES EN «RELIGIÓN EN LIBERTAD»
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