El 5 de julio de 1985, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley Orgánica 9/1985, que despenalizó el aborto en tres supuestos: grave peligro para la salud física o psíquica de la madre, violación dentro de las primeras 12 semanas y graves malformaciones del feto hasta la semana 22.
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