A partir del decreto Enchiridion indulgentiarum quarto editur publicado por la Penitenciaria Apostólica de la Santa Sede.
Tomado de Dominus Est. 16 de abril de 2019.
El Enchiridion Indulgentiarum, o Enchiridion de Indulgencias, es un documento publicado por la Penitenciaría apostólica en el que se detallan las concesiones de indulgencias vigentes, tanto parciales como plenarios, además de las normas que regulan la concesión y usufructo de estas indulgencias. El último Enchridion publicado corresponde a la cuarta edición, de julio de 1999.
Si bien el Enchiridion es el compendio oficial ordinario de las indulgencias que los fieles cristianos pueden recibir, el Santo Padre concede regularmente indulgencias extraordinarias que no aparecen en este documento.
Cuando este “Manual de Indulgencias” (nombre dado en español al Enchiridion indulgentiarum) fue editado por primera vez, en junio del año 1968, se puso en práctica la norma 13 de la Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina:
«Se revisará el Manual de indulgencias con el criterio de que sólo se enriquezcan con indulgencias las principales preces y las principales obras de piedad, de caridad y de penitencia».
Con las sucesivas ediciones, hasta la presente, la Penitenciaría Apostólica ha pretendido hacer más claro el texto, corregir algunos aspectos de menor importancia, de acuerdo con las exigencias de un análisis crítico, y, finalmente, añadir algunos elementos nuevos.
Para ganar indulgencia plenaria, se requiere la ejecución de la obra, el cumplimiento de las tres condiciones y una plena disposición interior que excluya toda afección al pecado.
Si se trata de indulgencia parcial, de acuerdo con la norma 4, se requiere la ejecución de la obra y, como mínimo, la contrición del corazón.
Si la obra enriquecida con indulgencia plenaria es susceptible de ser dividida en partes (por ejemplo, el Rosario mariano -que se reza por partes, dividido- en decenas), el que por una causa razonable no realiza la obra completa, puede ganar, por la parte que ha realizado, indulgencia parcial.
Son dignas de especial mención las concesiones que se refieren a algunas obras, enriquecidas con indulgencia plenaria, con las cuales el fiel cristiano puede ganarla todos los días del año, quedando en pie la norma 18 § 1, según la cual sólo puede ganarse una indulgencia al día:
- La adoración del Santísimo Sacramento [Tantum Ergo] durante al menos media hora (conc. 7 § 1, 1.°);
- El piadoso ejercicio del Via Crucis (conc. 13, 2.°);
- El rezo del Rosario mariano o del himno Akhátistos en una iglesia o un oratorio, o en familia, en una comunidad religiosa, en una asociación piadosa y, en general, siempre que varios fieles se reúnan para un buen fin (conc. 17 § 1, 1.° y conc. 23 § 1);
- La lectura piadosa de la Sagrada Escritura durante al menos media hora (conc. 30).
Imagen: http://www.anarey.es
ALGUNAS MANERAS DE OBTENER INDULGENCIA PLENARIA
Bendición papal
Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que reciba piadosa y devotamente, aunque sea sólo a través de la radio o la televisión, la bendición impartida por el Sumo Pontífice: Urbi et Orbi, o por el Obispo a los fieles encomendados a su cura pastoral, según la norma 7, 2 de este Manual de Indulgencias.
Doctrina cristiana
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que trabaje en enseñar o aprender la doctrina cristiana.
Conmemoración de la Pasión y Muerte del Señor
Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que:
- (24) el Viernes santo de la Pasión y Muerte del Señor asista piadosamente a la adoración de la cruz en la solemne Acción litúrgica. (Solamente en el marco de dicha celebración).
- (25) practique el piadoso ejercicio del Via Crucis o se una piadosamenteal que practica el Sumo Pontífice (en el Coliseo Romano) y que es retransmitido por la radio o la televisión.
Con el piadoso ejercicio del Via Crucis se actualiza el recuerdo de los sufrimientos que soportó el divino Redentor en el camino desde el pretorio de Pilato, donde fue condenado a muerte, hasta el monte de la Calavera o Calvario, donde murió en la cruz por nuestra salvación.
Para ganar indulgencia plenaria se establece lo siguiente:
- El piadoso ejercicio debe practicarse ante las estaciones del Via Crucis legítimamente erigidas.
- Para erigir el Via Crucis se requieren catorce cruces,a las que provechosamente se acostumbra añadir otros tantos cuadros o imágenes que representan las estaciones de Jerusalén. (Estos cuadros no son obligatorios pero sí las cruces).
- Según la costumbre más extendida, este piadoso ejercicio consta de catorce lecturas piadosas,a las que se añaden algunas oraciones vocales. No obstante, para realizar este piadoso ejercicio, se requiere únicamente la piadosa meditación de la Pasión y Muerte del Señor, sin que sea necesaria una consideración sobre cada uno de los misterios de las estaciones.
- Se requiere el paso de una estación a otra.
Si el piadoso ejercicio se practica públicamente y el movimiento de todos los presentes no puede efectuarse sin evitar el desorden, basta con que quien dirige el ejercicio se traslade a cada estación, sin que los demás se muevan de su lugar. De hecho, estarán “peregrinando” con la vista, y, mejor aun, con el corazón.
- Los que están legítimamente impedidos (es decir, o aquellos que de ninguna manera pueden cumplir con todos los requisitos o los que, de poder cumplimentarlos, no sería sin ocasionarse u ocasionar a otros algún serio prejuicio, como sería, por ejemplo, dejar de cuidar a un enfermo terminal)pueden ganar la misma indulgencia, si al menos por un tiempo, por ejemplo, un cuarto de hora, se dedican a la piadosa lectura y meditación de la Pasión y Muerte del Señor Jesucristo.
- Al piadoso ejercicio del Via Crucis se asimilan, también en lo que se refiere a la consecución de la indulgencia, otros piadosos ejercicios, aprobados por la autoridad competente, en los que se recuerda la Pasión y Muerte del Señor, manteniendo las dichas catorce estaciones.
Adviértase de paso, que de entre los numerosos ejercicios engendrados por la piedad, el del Vía Crucis ocupa un indiscutido lugar de relevancia.
EN RESUMEN
Indulgencias para Semana Santa
JUEVES SANTO
- Tantum Ergo:
- Indulgencia parcial a los fieles que reciten piadosamente las estrofas de este himno.
- Indulgencia plenaria el Jueves Santo y la fiesta del Santísimo Sacramento, si es recitado solemnemente.
- Adoración al Santísimo Sacramento:
- Indulgencia parcial a quien visita el Santísimo Sacramento.
- Indulgencia plenaria si se permanece en adoración por lo menos por media hora.
VIERNES SANTO
- Adoratio Crucis: Indulgencia plenaria a los fieles que participan piadosamente en la adoración de la Cruz y la besen durante el oficio litúrgico solemne.
- Via Crucis: Indulgencia plenaria. Para obtener la indulgencia plenaria deben cumplirse las siguientes normas:
- El piadoso ejercicio debe ser cumplido ante las estaciones del Vía Crucis, legítimamente erigidas.
- Es necesario desplazarse de una estación a la otra. Si el piadoso ejercicio se cumple públicamente y el movimiento de todos los presentes no puede hacerse con orden, es suficiente con que se mueva de una estación a la otra quien dirige el pío ejercicio, mientras los otros quedan en su sitio.
- Los “impedidos” podrán alcanzar la misma indulgencia dedicando al menos media hora a piadosas lecturas y meditaciones de la Pasión y Muerte de Nuestro Señor Jesucristo.
SÁBADO SANTO
- Renovación de las promesas bautismales:
- Indulgencia parcial a los fieles que renueven sus promesas bautismales según cualquier fórmula en uso.
- Indulgencia plenaria si esta renovación tiene lugar durante la celebración de la Vigilia Pascual o el aniversario de su nacimiento.
OTRAS INDULGENCIAS
- Santo Rosario:
- Indulgencia plenaria si la recitación se hace en la iglesia o en un oratorio público, o también en familia, en una Comunidad religiosa, en una pía Asociación. Se concede indulgencia parcial en otras circunstancias.
- Para la indulgencia plenaria se establecen las siguientes normas:
- Es suficiente el recitado de la tercera parte del Rosario, pero las cinco decenas deben recitarse sin interrupción.
- A la oración vocal se debe agregar la piadosa meditación de los misterios
- Comunión espiritual: El acto de la comunión espiritual con cualquier fórmula piadosa está enriquecido con indulgencia parcial.
- Lectura de la Sagrada Escritura:
- Indulgencia parcial a quien lee la Sagrada Escritura con la veneración debida a la palabra divina y a modo de lectura espiritual.
- Indulgencia plenaria si la lectura se extiende por lo menos a una media hora.
NORMAS GENERALES SOBRE LAS INDULGENCIAS
- Las indulgencias, tanto parciales como plenarias, pueden ser aplicadas a los difuntos a modo de sufragio. Pero nadie puede aplicar a otros hombres aún vivos las indulgencias que gana.
- Para ganar las indulgencias, se requieren las siguientes condiciones: Haber recibido el bautismo, no estar excomulgado, hallarse en estado de gracia (al menos al finalizar las obras prescriptas) y estar sometido a la jurisdicción de aquél que otorga las indulgencias. Asimismo, debe tenerse la intención, por lo menos en general, de ganarlas. Y es necesario que las obras prescriptas se realicen en el tiempo y modo establecidos en la concesión.
- La indulgencia plenaria puede ser ganada una sola vez por día. Pero el fiel puede ganar la indulgencia “in articulo mortis” aun cuando ya haya ganado otra indulgencia plenaria ese mismo día.
- La indulgencia parcial puede ser ganada varias veces por día, salvo explícita indicación en contrario.
- Para ganar la indulgencia plenaria, debe cumplirse con la obra prescripta y, además, otras tres condiciones: 1. Confesión. 2. Comunión Sacramental. 3. Oración por las intenciones del Sumo Pontífice. Se indica además, que sea excluido toda inclinación al pecado, aún al venial.
- Si falta esta plena disposición, o si no se cumplen las condiciones mencionadas, la indulgencia será solamente parcial.
- Las tres condiciones pueden ser cumplidas varios días antes o después de la obra prescripta; sin embargo, es conveniente que la comunión y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice se realicen el mismo día en que se cumple la obra prescripta.
- Con una sola confesión sacramental se pueden alcanzar muchas indulgencias plenarias. En cambio, con una sola comunión eucarística y una sola plegaria según las intenciones del Sumo Pontífice se puede alcanzar una sola indulgencia plenaria.
- Se cumple plenamente la condición de la oración según las intenciones del Sumo Pontífice recitando, según sus intenciones, un Padrenuestro y un Avemaría. Queda librado a la libertad de los fieles el recitar cualquier otra plegaria según la piedad y la devoción de cada uno.
- No se puede alcanzar una indulgencia con una obra que de por sí se esté obligado a hacer por ley o por precepto, a menos que en la concesión no se diga expresamente lo contrario. No obstante, quien cumple una obra que le fue impuesta como penitencia sacramental, puede al mismo tiempo satisfacer la penitencia y alcanzar la eventual indulgencia anexa a esta obra.
Leer: ‘TANTUM ERGO’. Veneremos a tan Grande Sacramento.
Fuentes:
Enchiridion Indulgentiarum. Penitentiaria Apostolica. Santa Sede (LATIN)
www.iglesiasanjosemaria.org.mx/manual_de_indulgencias.pdf (ESPAÑOL)
TradicionCatolica.com
Portada:
Angel Pantoja
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