La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha resuelto que la colocación de la bandera arco iris con motivo de la celebración del 28 de junio en un patio interior de la Diputación Provincial de Valladolid o en el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza no infringe la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas, ni los principios de objetividad y de neutralidad de las Administraciones Públicas.
La Fundación Española de Abogados Cristianos recurrirá ante el Tribunal Constitucional la decisión del Supremo de avalar la colocación de la bandera LGTB en edificios públicos. Se trata del paso previo y necesario para llevar el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, destaca que «este cambio de criterio del Tribunal Supremo es una muestra más de la politización del sistema judicial. Esta sentencia es una evidencia de cómo el Sanchismo ha acabado con la independencia judicial, ante la pasividad del PP».
PUBLICADO ANTES EN «RELIGIÓN EN LIBERTAD»
More Stories
El Papa da luz verde al estudio de la vida del rey Balduino de Bélgica para una futura beatificación
La Iglesia clama por Burkina Faso: casi la mitad del territorio está en manos de los terroristas
Una monja ghanesa rescata a «niños espíritu» considerados por la sociedad como malos augurios