12/04/2025

¿Legalizar, en España, el delito contra los sentimientos religiosos?

Queridos lectores, espero me disculpen por abordar, en este artículo, un tema seriamente desagradable, al igual que ha sucedido en los dos posts anteriores. Sin embargo, estos son nuestros tiempos… Tras mi post dedicado al Santo Nombre de Dios, quería haber publicado este que están leyendo ahora, pero la actualidad me llevó a tratar otros temas. Permítanme, pues, que lo haga ahora.

Así pues, en mi post sobre el Santo Nombre de Dios, expuse, entre otras cuestiones, la extrema gravedad del pecado de blasfemia. Ya lo había hecho antes, en un estupendo artículo cuya lectura recomiendo, Javier Navascués. Desde luego, siempre me parecerá poco todo lo que se diga para poner de manifiesto la gravedad de este tipo de conducta. Así pues, en relación a esta cuestión, como ustedes saben, el PSOE, en el pasado mes de enero, registró en el Congreso de los Diputados una proposición de ley para, entre otras medidas deleznables, derogar el llamado “delito contra los sentimientos religiosos”. Ello significa que, aunque esta cuestión, ahora mismo, ya no tiene presencia en los medios de comunicación, sigue su tramitación en el Congreso de los Diputados. Se trata, pues, de una cuestión viva y, por ello, deseo abordarla.

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